PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario


PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de Acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo Federal, informe a esta Soberanía sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, programas y normas reglamentarias de la Administración Pública Federal con la ¿Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas¿ y exhortar a las Comisiones Ordinarias del H. Congreso de la Unión, den prioridad de dictamen a las iniciativas y minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas, y en estas tareas, consideren el compromiso del estado mexicano con la mencionada declaración.


Proponente: García Corpus Teófilo Manuel (PRI)



Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2009

Fecha de presentación: 20-Octubre-2009

PRIMERO.- Solicitar al Poder Ejecutivo que informe a la Cámara de Diputados sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, los programas y las normas reglamentarias de la administración pública federal con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

SEGUNDO.- Exhortar a las comisiones ordinarias del Congreso de la Unión a conferir prioridad de dictamen a las iniciativas y a las minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas, y a considerar en esas tareas el compromiso del Estado mexicano con la mencionada declaración.
PRIMERO.- Solicitar al Poder Ejecutivo que informe a esta Cámara de Diputados sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, programas y normas reglamentarias de la Administración Pública Federal con la "Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de Pueblos Indígenas";

SEGUNDO.- Exhortar a las comisiones ordinarias del honorable Congreso de la Unión para que concedan prioridad de dictamen a las iniciativas y minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas y, en esas tareas, consideren el compromiso del Estado mexicano con la mencionada Declaración.

TERCERO.- Exhortar, en los mismos términos, a los congresos locales para que armonicen la legislación de su respectiva entidad, con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y, en primera instancia, legislen para identificar y reconocer, con precisión, a las comunidades que sean sujetas de aplicación de los derechos que consagra el artículo 2o. constitucional.
Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2009



Publicación del dictamen Gaceta: 10-Diciembre-2009
2   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la SEP, establezca las medidas que favorezcan la protección y conservación de las lenguas indígenas, especialmente aquellas en peligro de extinción.


Proponente: Pedraza Olguín Héctor (PRI)



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010

Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a fin de que por conducto de la Secretaría de Educación Pública, establezca medidas que favorezcan la protección y conservación de las lenguas indígenas, especialmente aquellas en peligro de extinción. ÚNICO.- Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a que instruya a las dependencias y entidades de la administración pública federal competentes a diseñar y ejecutar, en coordinación con las entidades federativas y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas, una política específica de protección y conservación de las lenguas indígenas, especialmente aquéllas en riesgo de extinción. Aprobada
con fecha 29-Marzo-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 29-Marzo-2011
3   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Guerrero, expida el decreto correspondiente para que se dote de personalidad jurídica amplia y suficiente, facultando como institución de educación pública superior a la Universidad Intercultural de los Pueblos del Sur (UNISUR).


Proponente: Rodríguez Martell Domingo (PRD)



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010

Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Guerrero a dictar de manera pronta y expedita el decreto correspondiente para que se dote de personalidad jurídica amplia y suficiente facultando como Institución de Educación Pública Superior a la Universidad Intercultural de los Pueblos del Sur (Unisur), a fin de garantizar la educación de los pueblos originarios de la entidad federativa. ÚNICO.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del estado de Guerrero a reconocer a la Universidad Intercultural de los Pueblos del Sur como un organismo público de educación superior y a brindarle el apoyo económico correspondiente.
Se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo del estado de Guerrero que informe a esta soberanía por conducto de la Comisión de Asuntos Indígenas, dentro del término 30 días naturales, la resolución que tenga a bien emitir respecto al contenido de este dictamen.
Aprobada
con fecha 14-Septiembre-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 14-Septiembre-2011
4   Punto de acuerdo por el que se exhorta a las Legislaturas de los Estados, adecúen sus Constituciones y Leyes Locales, en el reconocimiento de las Comunidades Indígenas en congruencia con la Constitución Federal.


Proponente: Luna Ruíz Gloria Trinidad (PAN)



Publicación en Gaceta: 12-Octubre-2010

Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

ÚNICO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las legislaturas de los estados a realizar las adecuaciones necesarias en sus Constituciones y leyes locales o mediante la creación de leyes reglamentarias en la materia para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público y como una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio, que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres; y a que reconozcan y garanticen sus derechos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2o. de la Constitución federal. ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a los legislaturas de las entidades federativas a realizar las adecuaciones necesarias en las constituciones y leyes locales, con objeto de atender los mandatos de los párrafos quinto del artículo 2o. constitucional y último del apartado A del mismo artículo, con el fin de establecer los procedimientos legales para el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho.
Se solicita respetuosamente a las mesas directivas de las legislaturas de las entidades federativas informen a esta soberanía por conducto de la Comisión de Asuntos Indígenas, dentro del término 30 días naturales, la resolución que tengan a bien emitir respecto al contenido de este dictamen.
Aprobada
con fecha 29-Marzo-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 29-Marzo-2011
5   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol a actualizar los programas de protección de indígenas y crear otros para que los asentados en las grandes ciudades retornen a su lugar de origen, permitiéndoles una mejor calidad de vida.


Proponente: De la Fuente Dagdug María Estela (PRI)



Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011

Fecha de presentación: 31-Marzo-2011

1. Que se exhorte a la Secretaría de Desarrollo Social a la revisión de los programas ya existentes de apoyo y protección para los indígenas.
2. Que la Secretaría de Desarrollo Social se haga cargo de la creación de un programa y conjuntamente un apoyo económico, que por única ocasión se les otorgue a los indígenas que se encuentran en las ciudades, con el propósito de motivarlos a que retornen a su lugar de origen, permitiéndoles una mejor calidad de vida y más digna.
ÚNICO.- Se exhorta al Ejecutivo federal a convocar a las entidades federativas para diseñar conjuntamente un programa de atención integral a la migración indígena, y a prever los recursos necesarios en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para ser ejecutada a partir del año 2012. Aprobada
con fecha 8-Septiembre-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 8-Septiembre-2011
6   Punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Locales, garanticen lo establecido en el artículo 2º Constitucional; y a la SEP y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, para que de manera conjunta realicen la traducción del marco legal que rige a la República Mexicana a las lenguas indígenas existentes; así como su difusión.


Proponente: Del Mazo Morales Gerardo (NUEVA ALIANZA)



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011

Fecha de presentación: 7-Abril-2011

PRIMERO.- Se exhorta respetuosamente a los congresos locales, a emprender la revisión de sus respectivas constituciones y leyes, para que realicen a éstas las reformas conducentes, o en su caso, emitan las leyes necesarias, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 2o. constitucional; con el fin de que a nivel nacional se emprendan acciones para la preservación y el enriquecimiento de las lenguas indígenas y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad.

SEGUNDO.- Se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública para que, de manera conjunta con el director general del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, emprendan los convenios que consideren pertinentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, para extender los esfuerzos de traducción del marco legal que rige a esta República Mexicana a todas las lenguas indígenas existentes; así como a garantizar su difusión en todos los rincones del territorio nacional, primordialmente en aquellas comunidades indígenas que por cuestiones geográficas son de difícil acceso.
PRIMERO.- Se exhorta al Ejecutivo federal a que prevea los recursos necesarios para que a partir del Ejercicio Fiscal de 2012, a través del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, se traduzca a las lenguas indígenas el marco legal federal; así como para garantizar su difusión en el territorio nacional, primordialmente en aquellas comunidades indígenas que por cuestiones geográficas son de difícil acceso y, a través del sistema de radiodifusoras indigenistas.

SEGUNDO.- Se exhorta respetuosamente a los congresos de las entidades federativas, a emprender la revisión de sus respectivas constituciones y leyes, para que realicen a éstas las reformas conducentes o, en su caso, emitan las leyes necesarias, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 2o. Constitucional y la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; con el fin de que los respectivos gobiernos diseñen y ejecuten políticas públicas eficaces que promuevan la preservación y el enriquecimiento de las lenguas de los pueblos indígenas y de todos los elementos que constituyen su cultura e identidad.
Aprobada
con fecha 14-Septiembre-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 14-Septiembre-2011